IN TENEBRIS, LIBERTAS
2026.10.16
Atención con este decreto, porque no es solo mexicano. Es la misma idea que ya circula acá, y se vende con el mismo argumento: los chicos.
El miércoles 14 de octubre, Claudia Sheinbaum firmó el decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes. Salió ese mismo día en el Diario Oficial de la Federación y rige desde entonces. Alcanza a redes sociales, videojuegos y tiendas de aplicaciones.
El artículo 4 manda «implementar mecanismos confiables y seguros para identificar la edad de las personas usuarias» y aclara que no alcanza con que cada uno declare la suya. Nada más. El texto no dice cómo se verifica, ni qué datos puede pedir la plataforma, ni qué hace con ellos después. Lo remarcan El Mediático y Gerardo Flores Ramírez en El Economista: nadie explicó cómo se va a saber quién es menor.
Pero pensalo un segundo. Para encontrar al menor, la plataforma tiene que revisar la edad de todos, con un documento, una foto o lo que se le ocurra. No hay forma de buscar al chico sin examinar también al adulto. El decreto no te obliga a mostrar el documento para abrir una cuenta, pero deja la puerta abierta y no pone ningún límite a lo que te pidan.
El artículo 3 prohíbe que los menores accedan a ciertos contenidos. Eso se entiende. El artículo 4, inciso IV, es otra cosa: ordena «identificar y retirar de forma inmediata cualquier cuenta o contenido» que promueva esas categorías. No dice sacarlo de la vista de los menores. Dice retirarlo.
Entre esas categorías están los «discursos de odio» y las «conductas ilícitas o que hagan apología del delito». Ninguna está definida. Flores Ramírez lo dice sin vueltas: en la práctica, decide cada plataforma qué está prohibido. Y una empresa que no sabe qué le exigen tiene un camino barato: borrar de más.
Los considerandos del propio decreto citan el artículo 7 de la Constitución mexicana: «Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión». Lo citan, y después ordenan retirar contenido de inmediato con criterios que cada empresa publica por su cuenta.
Según El Economista, la consejera jurídica Luisa María Alcalde lo resumió como «obligatorio, no punitivo». El texto no fija sanciones y las plataformas tienen 30 días naturales para informar qué hicieron. Según Enrique Muñoz News, Sheinbaum dijo que si no aplican los cambios, el Ejecutivo impulsaría después una ley con sanciones.
O sea: te dan la orden, te dan un mes, y si no la cumplís a gusto del gobierno, la ley viene después. La obligación ya rige y el castigo queda como amenaza.
El artículo 5 suma dos cosas más. Cada plataforma tiene que tener un contacto disponible las 24 horas, todos los días del año, para atender a las autoridades. Y tiene que guardar al menos 90 días hábiles la evidencia de lo que retire, para entregarla cuando se la pidan. El texto habla de «autoridades» y no dice más: ni quién, ni con qué orden.
Según el titular de la Agencia de Transformación Digital, José Merino, la mensajería cifrada queda afuera porque el decreto se refiere a contenido de acceso público. Lo cuenta el mismo artículo de El Economista. Que hoy quede afuera no es una garantía, sobre todo si el próximo paso es una ley.
Acá ya hay un proyecto, el 1114-D-2026, presentado en Diputados el 6 de abril por Jimena López y otros diputados de Unión por la Patria. Según el resumen del estudio Marval, exige «sistemas robustos de verificación de edad como condición para operar en el país» y prevé multas de hasta el 30% de la facturación mensual total del ejercicio anterior, con posible inhabilitación. Figura girado a las comisiones de Familias y de Comunicaciones.
Ese sí trae sanciones, a diferencia del decreto mexicano. Pero el mecanismo es el mismo: para proteger al menor, se identifica a todos los usuarios.
Nadie niega que haya contenido que le hace mal a un chico. Tampoco que el ataque a una preparatoria de Coahuila a principios de octubre, que está detrás del decreto, es una tragedia. Pero el que decide qué ve un chico en su casa es su padre. El propio decreto, en el artículo 4, inciso VI, reconoce que hacen falta herramientas de supervisión parental. Eso no necesita que todos los usuarios de internet se identifiquen, ni que una empresa borre lo que el gobierno nunca definió.
Políticos de todos los países: ya sabemos a qué están jugando. Rogamos que no tengan éxito.