Inocente, pero solo si te anotás

2026.10.14

Leíste bien: en la Argentina hizo falta una ley para que el recaudador tenga que probar lo que te reclama. Y ni así es para todos, ni es para siempre.

La Ley 27.826, la que el Gobierno llama «Inocencia Fiscal II», se sancionó el 17 de septiembre. Se promulgó con el Decreto 1160/2026 el 8 de octubre y salió en el Boletín Oficial el 9. Ámbito la repasó ayer, martes 13.

Lo que cambia

Según esa nota, la ley saca los topes de ingresos y de patrimonio para entrar a la declaración simplificada de Ganancias. Antes había un límite de $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio. Ahora la condición principal es tener residencia fiscal argentina.

Lo importante es otra cosa. Si estás en ese régimen, la carga de demostrar una «discrepancia significativa» recae exclusivamente sobre ARCA. Y para hacerlo solo puede usar lo que vos declaraste, lo que ya tiene en sus sistemas y lo que aportaron terceros. Además, algunas presunciones fiscales quedan suspendidas hasta el 31 de diciembre de 2027, y las demás no pueden ser el único elemento para impugnarte.

¿Está bien? Sí. Es lo que tendría que haber sido siempre.

Lo que no te dicen

El problema no es lo que la ley da. Es lo que la ley confiesa.

Si hace falta escribir que el estado tiene que probar antes de cobrarte, es porque hasta ahora no tenía que hacerlo. Durante décadas, el que tenía que demostrar que no debía era el monotributista, el comerciante, el contratista de viña. Las presunciones existían justamente para eso: para que el fisco te reclamara sobre una estimación y vos corrieras a desarmarla con papeles.

Y la inocencia que te devuelven viene con letra chica. Es para el que adhiere a una modalidad. Es para la declaración simplificada. Y una parte, la de las presunciones suspendidas, tiene fecha de vencimiento: fines de 2027. O sea, sos inocente hasta nuevo aviso.

La presunción de inocencia no es un beneficio que el estado te concede por portarte bien. Es un límite al estado. Un derecho no se otorga por adhesión, ni se renueva por resolución general.

El detalle de los funcionarios

Hay una parte que suena bien y conviene mirar con calma. Los Grandes Contribuyentes Nacionales y una lista de funcionarios (secretarios de Estado para arriba, legisladores, concejales, jueces, fiscales, consejeros de la Magistratura, entre otros, en el cargo o durante los cinco años anteriores) pueden usar la declaración simplificada, pero sin la presunción de exactitud.

Que el político no tenga privilegios, perfecto. Pero fijate el razonamiento de fondo: la inocencia se reparte por categorías. Hoy le toca a un grupo quedar afuera. Mañana, con otro gobierno y otra ley, la lista puede ser otra. Cuando un derecho depende de en qué casillero te ponen, deja de ser un derecho.

Lo que pedimos

Que la carga de la prueba en ARCA no sea un régimen. Que sea la regla, para todos, sin fecha de vencimiento y sin formulario de adhesión. Y que las presunciones que hoy se suspenden se deroguen, no se pongan en pausa hasta que vuelva a hacer falta recaudar.

A los que redactan estas leyes: ya sabemos a qué juegan. Te devuelven por ley, con condiciones y a plazo, lo que nunca tendrían que haberte sacado, y después lo venden como regalo. Rezamos para que no les salga.

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