IN TENEBRIS, LIBERTAS
2026.10.07
El viernes 2 de octubre, el Congreso de los Diputados de España rechazó los dos decretos de vivienda del gobierno de Pedro Sánchez. El martes 6 se publicó la disolución de las Cortes y la convocatoria a elecciones. Ese mismo día, el Consejo de Ministros volvió a aprobar los dos decretos, con la misma esencia y algunos agregados.
Hoy, 7 de octubre, el primero salió en el Boletín Oficial del Estado como Real Decreto-ley 29/2026. Rige desde mañana. Lo que el Parlamento votó en contra el viernes es ley el jueves.
Leí el texto del BOE. Estas son las partes que tocan el contrato entre dos personas:
Hay un segundo decreto, todavía más duro, con renovación automática por períodos de cinco años, o siete si el dueño es una empresa. Según Europa Press, si el propietario quiere terminar el contrato sin causa justificada tendría que pagarle al inquilino hasta doce mensualidades. Ese no entra en vigor hasta que lo convaliden, y el propio Sánchez reconoció que hoy no tiene los votos.
En la conferencia de prensa del martes, Sánchez dijo que «la ciudadanía está muy a favor de la intervención de un mercado que no funciona bajo la lógica de la oferta y la demanda, un mercado disfuncional que exige regulación». El preámbulo del decreto dice lo mismo con otras palabras: hay que «intervenir en un mercado imperfecto que ya ha demostrado en numerosas ocasiones que no se regula por sí solo».
Ahora fijate en el mismo comunicado de La Moncloa. Para justificar 280 millones de euros en avales a la construcción industrializada, el gobierno explica que ese método acorta los plazos de obra y, «por tanto», permite «elevar la oferta más rápidamente». O sea que la oferta importa cuando hay que anunciar un gasto, y deja de importar cuando hay que pisar un precio.
No es un descuido. La oferta y la demanda funcionan siempre; lo que cambia es si al gobierno le conviene admitirlo ese día.
Sánchez dice que las medidas solo perjudican a «aquellos que consideran la vivienda un objeto mercantil más para poder especular con él». Pensalo con un caso que entendemos acá. Un jubilado de Mendoza tiene el departamento que compró con los ahorros de toda la vida y lo alquila para completar la jubilación. Ponelo en Madrid con este decreto. Firmó por un plazo, pero ahora el plazo lo decide la otra parte, y la suba la decide el gobierno.
Si sus gastos suben más del 2%, la diferencia sale de su bolsillo. Con los desalojos se salva por poco: si el dueño es una persona con dos viviendas o menos, la vulnerabilidad del inquilino no prevalece sobre él. Si tiene tres, ya entra, y el juez puede frenar el desalojo hasta tres años. El decreto promete que la administración le va a compensar la renta perdida, los servicios impagos y las costas. Y aclara, con todas las letras: «No serán compensables el lucro cesante hipotético, ni los daños morales». Vos ponés la casa, el estado pone la política social, y la cuenta llega cuando el estado decida pagarla.
La protección del vulnerable puede ser un fin noble. El problema es quién la financia. Acá no la paga el contribuyente a través de un presupuesto votado, sino un particular a través de un contrato que alguien cambió después de firmado.
En Argentina no hace falta imaginar cómo termina. La ley de alquileres de 2020 impuso contratos mínimos de tres años y un único ajuste anual por un índice oficial. El DNU 70/2023 la derogó en diciembre de 2023.
Dos meses después, Bloomberg Línea contó lo que pasaba en la Ciudad de Buenos Aires con datos del economista Federico González Rouco: en enero de 2024 la oferta publicada en Argenprop fue más del doble que en diciembre, y el alquiler promedio cayó 22% en términos reales en dos meses. El mismo González Rouco aclaró que eso es solo la oferta publicada, una porción del total. Y advirtió qué pasaría si se volvía atrás: «Caída enorme de la oferta y nuevos aumentos de precios en términos reales».
El dueño que no puede salir de un contrato lo piensa dos veces antes de firmar el siguiente. Retira el departamento, lo vende o lo deja vacío. Para eso el decreto español también tiene respuesta. En las zonas que la ley declara «tensionadas», los municipios podrán cobrar un recargo de hasta el 50% del impuesto inmobiliario a la vivienda que pase más de dos años vacía sin causa justificada, y más si el dueño tiene cuatro o más. Primero te sacan las ganas de alquilar, después te cobran más por no hacerlo.
El decreto rige desde mañana, pero tiene que pasar por la Diputación Permanente del Congreso dentro de los 30 días. Son 69 diputados. Según Europa Press, el bloque que apoya el primer decreto suma 35 y el que lo rechaza, 34. Un voto decide si la regla se queda.
Ese es el punto que conviene mirar desde acá. Un acuerdo entre dos personas, firmado con plazo y precio, ahora depende de lo que vote una comisión durante una campaña electoral. Y si la Diputación Permanente lo rechaza, esta semana ya vimos cuánto tarda un gobierno en volver a dictarlo: cuatro días.
Un contrato que se puede reescribir por decreto cada vez que cambia el humor político no es un contrato. Es un permiso.