Doce años de cárcel por una palabra que nadie definió

2026.10.12

Si mañana alguien decide que lo que publicaste es «desinformación», la pena que te espera puede ser de cinco a doce años de prisión. No lo propuso un gobierno kirchnerista. Está en el proyecto que firmó Javier Milei.

El 17 de septiembre, el Poder Ejecutivo mandó a Diputados el Mensaje 275/2026 con el proyecto de «Ley de Defensa de la Soberanía Nacional»: 133 artículos en ocho títulos. Se vendió como la ley de Malvinas. Según el análisis de Cobertura Sur, solo el primer título habla de las islas. Los otros siete reforman Defensa, Seguridad Interior, Inteligencia y el Código Penal. Mañana, martes 13, el plenario de comisiones vuelve a reunirse, y el oficialismo quiere llevar el texto al recinto el 21 de octubre, según Informe Digital.

Qué dice el artículo

El artículo 111 incorpora un artículo 225 bis al Código Penal. Lo copio textual del proyecto:

«Será reprimido con prisión de CINCO (5) a DOCE (12) años el que, actuando por cuenta, orden o financiamiento total o parcial de un Estado extranjero, organización o agente extranjero, realizare actividades que: a) procuren alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva. b) promuevan o financien actos de violencia o sabotaje contra el Estado argentino o sus habitantes.»

Si hay amenazas, sobornos, coerción o «estructuras criminales», la escala sube de ocho a quince años.

El inciso b no me preocupa. Financiar violencia o sabotaje ya es delito, y tiene que serlo. El problema es el inciso a, que mete en la misma bolsa una bomba y un posteo.

Lo que el texto no dice

Busqué la palabra «desinformación» en las 133 cláusulas. Aparece una sola vez, en este artículo. No hay definición. No dice quién decide qué es falso, ni con qué prueba, ni qué diferencia hay entre «manipular la opinión pública» y convencer a alguien de algo, que es lo que hace cualquier columna, cualquier aviso y cualquier campaña política.

Tampoco está claro a quién alcanza. El texto dice «un Estado extranjero, organización o agente extranjero». ¿La organización tiene que ser extranjera, o alcanza con cualquier organización? ¿Una fundación local que recibe una beca de afuera entra? ¿Un medio chico con un anunciante internacional? ¿Un sitio que cobra donaciones de lectores de otros países? Escrito así, la respuesta la va a dar un fiscal, no la ley.

Y el verbo es «procuren». No hace falta que la elección cambie ni que nadie se haya creído nada. Basta con que alguien interprete que lo intentaste.

«No tiene nada que ver»

El Gobierno dice que no hay de qué preocuparse. En el plenario del 7 de octubre, la secretaria Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, dijo que el artículo «no criminaliza el error periodístico ni la difusión falsa. No tiene nada que ver», y agregó que estaban dispuestos a hacer ajustes «para que no queden dudas», según contó Informe Digital con datos de PERFIL.

Puede ser que hoy nadie piense usarlo contra un periodista. Pero una ley penal no se escribe para el funcionario que la presenta. Se escribe para todos los que vienen después. Si la palabra queda abierta, el próximo gobierno la va a llenar con lo que le convenga, y vos no vas a poder elegir quién es.

FOPEA, el foro de periodistas, ya advirtió que la norma «otorga discrecionalidad al Ejecutivo, fomentando la autocensura y la persecución de la crítica legítima». Ahí está el daño de verdad. No hace falta condenar a nadie. Basta con que el que escribe se pregunte, antes de publicar, si el dinero que lo banca tiene algún origen extranjero.

La misma receta que criticamos afuera

Durante años, los que defendemos la libertad de expresión señalamos el mismo patrón en Europa, en Brasil y en el Reino Unido: un gobierno elige una palabra elástica, «discurso de odio», «noticias falsas», «desinformación», y se arroga el poder de decidir qué entra.

No cambia nada que la propuesta venga de un gobierno que se dice liberal. Un poder que le criticás a Bruselas no se vuelve bueno porque lo firme alguien que te cae bien. El estado no es un árbitro neutral de la verdad. Es una de las partes con más interés en definir qué se puede decir.

Si una potencia extranjera soborna, espía o financia violencia, el Código Penal ya tiene herramientas, y el mismo proyecto suma otras, como el espionaje agravado del artículo 109. Lo que no hace falta es meter prisión por opinar, aunque la opinión sea mala, falsa o pagada. Contra la mentira está la respuesta, el desmentido y la reputación de quien miente. La cárcel no corrige el error, solo asusta a los que dicen la verdad.

Qué pasa ahora

Según LU17, los bloques aliados y dialoguistas exigen eliminar el artículo 111. El Gobierno habla de «ajustes». Ajustar no sirve. Un delito de opinión con una definición más prolija sigue siendo un delito de opinión.

Lo que corresponde es sacarlo. Si los diputados que se dicen libertarios no lo hacen, que expliquen por qué un poder que ayer era censura hoy es soberanía.

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